¿Cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS?
¿Cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS? La Prestación Económica de Sepelio es un beneficio que ofrece el Seguro Integral de Salud (SIS) en Perú a sus asegurados en los planes SIS Gratuito, SIS Independiente, SIS Emprendedor, SIS para todos y SIS Microempresas.
A continuación, presentamos una explicación detallada sobre este importante apoyo económico en momentos difíciles para las familias peruanas que desean saber si ya pueden cobrar el sepelio del SIS.
¿Qué es la Prestación Económica de Sepelio del SIS?
Antes de explicar cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS, es importante conocer su concepto. La Prestación Económica de Sepelio es un reembolso que se otorga a los familiares de un asegurado fallecido del SIS para cubrir los gastos funerarios. El trámite se realiza en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y cubre hasta un monto máximo de S/ 1,000.00, dependiendo de la edad del fallecido.
¿Cuánto dinero puedo cobrar por el sepelio del SIS?
Antes de explicar cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS, es importante conocer los montos máximos según la edad del fallecido, que se reembolsan varían según la edad del fallecido:
- Óbito o Natimuerto (más de 28 semanas de gestación): S/ 350.00.
- Recién Nacido Fallecido (menos de 29 días de nacido): S/ 350.00.
- Fallecido de 29 días hasta menor de 12 años de edad: S/ 700.00.
- Fallecido de 12 años de edad en adelante: S/ 1,000.00.
¿Cómo saber que puedo cobrar el sepelio del SIS?
La Prestación Económica de Sepelio reconoce los siguientes conceptos para el reembolso de los gastos funerarios:
- Ataúd: Incluye el costo del féretro donde se colocará el cuerpo del fallecido.
- Capilla ardiente: Se refiere al espacio donde se realiza el velorio del fallecido.
- Mortaja: Incluye la vestimenta con la que se viste al fallecido para el sepelio.
- Derecho de cremación: Se cubre solo si ha sido autorizado por el familiar responsable.
- Nicho: Se refiere al espacio donde se depositará el ataúd o urna con las cenizas del fallecido en el cementerio.
- Traslado del fallecido: Incluye el transporte del cuerpo desde el establecimiento de salud al velatorio y del velatorio al cementerio.
¿Cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS?
Acércate a un Centro de Salud dentro de los 60 días calendario posteriores al fallecimiento del asegurado.
Presenta los documentos requeridos, como la solicitud de pago, comprobante de pago original por servicios funerarios, copias certificadas del acta y certificado de defunción, y declaraciones juradas según el caso. El centro de salud verificará los documentos y, si hay observaciones, tendrás 2 días hábiles para corregirlas. La lista completa de requisitos es la siguiente:
Luego, deberás realizar la consulta de tu trámite en línea para evitar desplazamientos innecesarios. Recuerda que debes cobrar el reembolso en cualquier agencia del Banco de la Nación cuando esté disponible. Tienes un plazo de 9 meses desde la fecha de emisión para cobrarlo.
Ten en cuenta que el proceso de verificación y pago puede tomar entre 4 y 6 meses. Comprueba si ya puedes cobrar el sepelio del SIS aquí (Únicamente si ya entregaste los documentos).
¿Quiénes pueden solicitar la Prestación Económica de Sepelio?
Después de conocer la Prestación Económica de Sepelio del Seguro Integral de Salud (SIS) en Perú y sus montos máximos, es importante entender quiénes pueden solicitar este beneficio y en qué circunstancias no se podrá acceder a él. A continuación, abordaremos estos aspectos clave.
En primer lugar, las personas designadas durante la afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS) pueden solicitarla. Además, los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidad pueden hacerlo en caso de que no haya ninguna persona registrada en el formato digital de afiliación, siempre y cuando firmen la Declaración Jurada Anexo N° 03.
Asimismo, en casos excepcionales, aquellas personas que comprueben haber realizado los gastos de sepelio pueden presentar el Anexo N° 4 para solicitar la prestación. Los padres o madres del recién nacido fallecido o natimuerto también pueden acceder a este beneficio.
Por otro lado, hay situaciones en las que no se admitirá la solicitud de la Prestación Económica de Sepelio. En primer lugar, cuando se trate de una intervención quirúrgica, estética o cosmética.
Además, no se aceptarán solicitudes de asegurados fallecidos fuera del territorio nacional que no hayan sido referidos por el SIS. La suplantación de identidad también es una razón por la cual no se admitirá la solicitud. Tampoco se permitirá más de una solicitud de reembolso para el mismo asegurado SIS fallecido.
Finalmente, cuando el reembolso de los gastos de sepelio deba ser cubierto por el SOAT, AFOCAT o el Fondo de compensación del seguro obligatorio de accidente de tránsito, no se podrá solicitar la Prestación Económica de Sepelio. Ahora que aprendiste a cómo saber si ya puedo cobrar el sepelio del SIS, esperamos que puedas guiar a los interesados en este momento difícil de sus vidas.