Declaración jurada anual de renta: qué mypes están obligadas a presentarla
Cada año, cuando se acerca marzo, muchos dueños de negocios pequeños se preguntan si les toca presentar la Declaración Jurada Anual de Renta o no. La respuesta no depende de cuánto vende el negocio, sino de un dato más específico: el régimen tributario en el que está inscrito. Y ahí es donde muchos se equivocan.
Quiénes sí están obligados a presentarla
Los negocios que obtienen rentas de tercera categoría bajo el Régimen General o el Régimen MYPE Tributario están obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, sin excepción por tamaño de ventas. También queda obligado a declarar quien haya pagado más del 15% de sus obligaciones sin usar medios de pago del sistema financiero, por las implicancias del Impuesto a las Transacciones Financieras.
Quiénes están exceptuados
Aquí está el punto que genera más confusión. Los contribuyentes de tercera categoría inscritos en el Nuevo RUS y en el Régimen Especial de Renta (RER) no están obligados a presentar esta declaración anual. La excepción a esta excepción es clara: si un negocio cambió del RUS o del RER hacia el Régimen MYPE Tributario o el Régimen General durante el año, sí debe declarar, aunque sea solo con la información correspondiente al periodo en que ya estaba bajo el nuevo régimen.
Quienes no son residentes en Perú pero obtienen rentas de fuente peruana también están fuera de esta obligación específica, aunque pueden tener otras obligaciones tributarias distintas según su situación.
| Régimen tributario | ¿Obligado a presentar DJ Anual? |
|---|---|
| Nuevo RUS | No, salvo que haya cambiado de régimen durante el año |
| Régimen Especial de Renta (RER) | No, salvo que haya cambiado de régimen durante el año |
| Régimen MYPE Tributario | Sí |
| Régimen General | Sí |
Fuente: elaboración propia con información del portal de Declaración de Renta de la SUNAT.
El cronograma para la declaración del ejercicio 2025 (presentada en 2026)
Para los negocios acogidos al beneficio de la Ley 31940, que alcanza a quienes ganan hasta 1,700 UIT en ingresos anuales (aproximadamente S/ 9.35 millones), el periodo de presentación se extiende del 27 de mayo al 10 de junio de 2026. Para el resto de contribuyentes que no califican bajo esa ley, el periodo corre entre el 26 de marzo y el 13 de abril de 2026, con fechas específicas según el último dígito del RUC.
Este cronograma cambia cada año según la resolución que publica la SUNAT, así que conviene verificar el calendario vigente al inicio de la campaña, en vez de asumir que se repiten las mismas fechas del año anterior.
Qué pasa si no se presenta a tiempo
No presentar la declaración dentro del plazo correspondiente puede generar una multa equivalente a 1 UIT, es decir, S/ 5,500 en 2026. Esta multa puede reducirse hasta en 90% si el contribuyente regulariza y paga de forma voluntaria antes de que la SUNAT notifique la omisión, bajo las reglas del régimen de gradualidad. Cuanto antes se corrija el olvido, mayor es el descuento disponible sobre la multa.
Un error común: confundir estar exceptuado con no tener ninguna obligación
Estar exceptuado de la Declaración Jurada Anual no significa que un negocio en el Nuevo RUS o el RER no tenga ninguna obligación tributaria. Ambos regímenes tienen sus propias declaraciones y pagos mensuales que sí son obligatorios, solo que no se consolidan en una declaración anual adicional como ocurre con el Régimen MYPE Tributario y el Régimen General. Confundir ambas cosas puede llevar a pensar, erróneamente, que no hay ninguna obligación pendiente durante el año.
Qué información se necesita para declarar
Para presentar la declaración, el negocio necesita tener organizados sus ingresos y gastos del ejercicio, los comprobantes de pago emitidos y recibidos, la información de sus libros contables según lo que exija su régimen, y el detalle de los pagos a cuenta del impuesto a la renta realizados durante el año, que se descuentan del monto final a pagar o a favor. Mientras más ordenada esté esta información antes de que abra el cronograma de presentación, más simple resulta el trámite.
Preguntas frecuentes
¿Un negocio en el Nuevo RUS debe presentar la Declaración Jurada Anual?
No, salvo que haya cambiado de régimen tributario durante el año hacia el MYPE Tributario o el Régimen General, en cuyo caso sí debe declarar por el periodo correspondiente a ese nuevo régimen.
¿Cuál es la multa por no presentar la declaración a tiempo?
Puede llegar a 1 UIT (S/ 5,500 en 2026), aunque se puede reducir hasta en 90% si se regulariza de forma voluntaria antes de una notificación de la SUNAT.
¿Cuándo vence la declaración para negocios acogidos a la Ley 31940?
Para el ejercicio 2025, el periodo de presentación corre del 27 de mayo al 10 de junio de 2026, aplicable a negocios con ingresos anuales de hasta 1,700 UIT.
¿Estar exceptuado de la declaración anual significa que no tengo obligaciones tributarias?
No. Los negocios en Nuevo RUS y RER igual tienen declaraciones y pagos mensuales obligatorios; solo no consolidan una declaración anual adicional como sí ocurre en el MYPE Tributario y el Régimen General.
Sobre esta nota: Este artículo se elaboró con información oficial del portal de Declaración de Renta de la SUNAT y el cronograma publicado en diciembre de 2025 para el ejercicio 2026, con fecha de revisión al 29 de setiembre de 2026. Se recomienda verificar el cronograma exacto según el último dígito del RUC directamente en el portal de la SUNAT.